

A partir del 04 de agosto de 2025, todas las declaraciones del impuesto de traspaso en Costa Rica deberán realizarse de manera exclusiva mediante el sistema TRIBU-CR. Este cambio representa un paso más hacia la digitalización de los procesos tributarios en el país, facilitando la gestión tanto para los contribuyentes como para la administración tributaria.
¿Qué implica este cambio?
Hasta ahora, las declaraciones del impuesto de traspaso podían realizarse en distintas plataformas o mediante formularios físicos en algunos casos. Con la nueva disposición, todo trámite se centraliza en TRIBU-CR, un sistema en línea que busca mayor eficiencia, transparencia y trazabilidad en las operaciones.
Formularios que se deben presentar en TRIBU-CR
A partir de la fecha indicada, estos formularios deberán tramitarse únicamente en el sistema:
- D-110: Recibo Oficial de Pago
- D-120: Traspaso de Bienes Inmuebles
- D-121: Traspaso de Vehículos Automotores
Es importante que contribuyentes, notarios, abogados y gestores administrativos se familiaricen con la plataforma, ya que no habrá otra vía habilitada para cumplir con esta obligación.
¿Cómo será el proceso de pago?
Una vez presentada la declaración en TRIBU-CR, el contribuyente podrá realizar el pago del impuesto en cualquiera de las entidades financieras autorizadas, ya sea mediante transferencia electrónica, banca en línea o ventanilla.
Esto agiliza los trámites, ya que evita traslados innecesarios y reduce errores en la presentación de la información.
Requisitos adicionales ante el Registro Nacional
El cambio al sistema TRIBU-CR no elimina los requisitos tradicionales. Para que el Registro Nacional apruebe un traspaso, será necesario aportar:
- El comprobante del pago del impuesto de traspaso
- El pago de los timbres correspondientes
De esta forma, el sistema TRIBU-CR se convierte en un paso previo y obligatorio antes de formalizar el registro del bien.
¿A quién afecta este cambio?
Este nuevo requisito impacta a todas las personas físicas y jurídicas que realicen operaciones de traspaso de bienes, principalmente:
- Propietarios de vehículos que deseen realizar una compraventa o traspaso.
- Propietarios de bienes inmuebles (casas, lotes, edificios, fincas, etc.).
- Notarios y abogados que gestionan traspasos en representación de terceros.
En resumen, cualquier operación de compraventa que implique un traspaso formal deberá ajustarse a este proceso.
🔐 Recomendaciones para estar preparados
- Familiarízate con TRIBU-CR: si aún no has usado la plataforma, lo recomendable es ingresar con antelación y practicar con otros formularios.
- Mantén al día tu usuario y contraseña: el acceso al sistema requiere autenticación con clave tributaria o mediante firma digital.
- Verifica montos y requisitos antes del pago: errores en la declaración pueden generar retrasos en el Registro Nacional.
- Apóyate en un asesor contable o notarial: si no estás seguro del proceso, es mejor contar con la guía de un especialista.
El traslado obligatorio de las declaraciones del impuesto de traspaso al sistema TRIBU-CR marca un hito en la modernización tributaria de Costa Rica. Aunque puede representar un ajuste inicial para quienes estaban acostumbrados a otros métodos, la digitalización traerá consigo mayor orden, rapidez y control en las transacciones de bienes.
Si tienes pensado vender un vehículo o traspasar una propiedad después del 04 de agosto de 2025, asegúrate de conocer bien el sistema y cumplir con todos los requisitos para evitar contratiempos.
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