El 26 de abril de 2026, entró en vigor el decreto N° 44336 del Ministerio de Agricultura y Ganadería, que introduce cambios relevantes en la trazabilidad bovina y bufalina, impactando directamente en la movilización, identificación y control de los animales.

Este nuevo esquema busca fortalecer el control sanitario y la trazabilidad, pero también implica mayores exigencias operativas para todos los actores de la cadena.

Entre los principales cambios:

  • No se permitirá movilizar animales sin identificación (arete)
  • Se implementa el uso obligatorio de guías digitales
  • Las guías físicas deberán migrar al formato digital
  • Se establecen restricciones para mataderos, subastas y transporte en casos de animales no identificados

Además, aunque se otorga un plazo adicional de 6 meses para completar la identificación, durante ese período los animales no podrán movilizarse si no cumplen con los requisitos.

¿Qué implica esto en la práctica?

Este cambio no es sólo normativo: exige mayor control, digitalización y orden en los procesos.

Quienes no se adapten a tiempo pueden enfrentar bloqueos operativos, retrasos en la comercialización y limitaciones en la movilización de animales.