A partir del 26 de abril de 2026, entra en vigor el decreto N° 44336, que introduce cambios relevantes en la trazabilidad bovina y bufalina, impactando directamente en la movilización, identificación y control de los animales.

Este nuevo esquema busca fortalecer el control sanitario y la trazabilidad, pero también implica mayores exigencias operativas para todos los actores de la cadena.

Entre los principales cambios:

  • No se permitirá movilizar animales sin identificación (arete)
  • Se implementa el uso obligatorio de guías digitales
  • Las guías físicas deberán migrar al formato digital
  • Se establecen restricciones para mataderos, subastas y transporte en casos de animales no identificados

Además, aunque se otorga un plazo adicional de 6 meses para completar la identificación, durante ese período los animales no podrán movilizarse si no cumplen con los requisitos.


💡 ¿Qué implica esto en la práctica?

Este cambio no es solo normativo: exige mayor control, digitalización y orden en los procesos.

Quienes no se adapten a tiempo pueden enfrentar bloqueos operativos, retrasos en la comercialización y limitaciones en la movilización de animales.


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